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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 1584 De 2012

Artículo 1

1 clause

Apruébase la "Decisión XXXVIII/D/453 de la Reunión de Ministros", adoptada en Medellín, Colombia, en el marco de la Organización Latinoamericana de Energía, el treinta (30) de noviembre de dos mil siete (2007).

Artículo 2

1 clause

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, la "Decisión XXXVIII/D/453 de La Reunión de Ministros", adoptada en Medellín, Colombia, en el marco de la Organización Latinoamericana de Energía, el treinta (30) de noviembre de dos mil siete (2007), que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.

Artículo 3

1 clause

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatures

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Minas y Energía