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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 47 De 1976

Artículo 1

1 clause

Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1976, con base en los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 50, 74, 79 de 1976 expedidos por la Contraloría General de la República.

Artículo 2

1 clause

Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia:

Artículo 3

1 clause

Esta ley rige desde la fecha de su sanción.

Signatures

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público