Artículo 1
La Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación del Municipio de San Francisco, hecho ocurrido el 22 de agosto de 1858.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 36 De 1959
La Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación del Municipio de San Francisco, hecho ocurrido el 22 de agosto de 1858.
Destinase la cantidad de cien mil pesos ($ 100.000.00) moneda corriente, para la ejecución de las obras que deberán llevarse a cabo en San Francisco con motivo de la celebración del primer centenario, y que se enumeran a continuación:
Para el arreglo de las calles y plaza
$ 50 000.00
Para la planta eléctrica
50.000.00
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3o de la Ley 46 de 1946 , créase una Junta destinada a la administración y manejo de los fondos a que se refiere el artículo 2o de la presente Ley. Dicha Junta quedará constituida así: por un representante del Ministerio de Obras Públicas y otro de la Contraloría General de la República; por el Cura Párroco, el Alcalde, el Presidente del Concejo y el Tesorero Municipal.
En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirá la partida señalada en el artículo 2o de esta Ley, y en caso de no serlo, el Gobierno abrirá los créditos necesarios para su fiel cumplimiento.
Esta Ley regirá desde su sanción.