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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 45 De 1914

Artículo 1

1 clause

El Congreso de Colombia deplora la desaparición del eximio hombre público, la considera como duelo nacional y encomienda su memoria a la gratitud de sus conciudadanos.

Artículo 2

3 clauses

En el costado oriental del Capitolio, frente al lugar en que fue atacado el honorable Senador Uribe Uribe, se colocará una lápida de mármol que diga así:

A Rafael Uribe Uribe el Congreso de Colombia.

15 de octubre de 1914.

Artículo 3

1 clause

Como tributo al finado, su retrato al óleo se colocará en el salón de sesiones del Senado, y otro en el del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4

1 clause

La Nación mandará levantar en el cementerio de la ciudad un mausoleo que guarde los restos del ilustre colombiano cuya memoria se dispone honrar.

Artículo 5

1 clause

Copia auténtica de esta Ley será presentada a la señora viuda de Uribe Uribe.

Artículo 6

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción, y el gasto que ella ocasione se considerará incluído en el Presupuesto de gastos.

Signatures

El Presidente del Senado
El presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno