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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 45 De 1940

Artículo 1

1 clause

Esta facultad, y los efectos de las medidas que en virtud de ellas se adopten, cesarán automáticamente si tal Convención fuere improbada.

Artículo 2

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Economía Nacional