Artículo 1
Autorízase a la Fundación Pro-Rehabilitación del Minusválido para la emisión, por una sola vez, de la Estampilla-Viñeta Abylimpic Colombia 85, II Olimpiada Mundial de habilidad profesional para Minusválidos.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 50 De 1985
Autorízase a la Fundación Pro-Rehabilitación del Minusválido para la emisión, por una sola vez, de la Estampilla-Viñeta Abylimpic Colombia 85, II Olimpiada Mundial de habilidad profesional para Minusválidos.
La emisión de la Estampilla-Viñeta, cuya creación se autoriza, será de cinco millones de unidades, por un valor facial de un peso moneda corriente ($ 1.00) cada una.
La Estampilla-Viñeta que se autoriza por la presente Ley, tendrá carácter obligatorio y circulará a nivel nacional durante los meses de junio y julio de 1985.
El recaudo de dicha emisión se hará por la Fundación Pro-Rehabilitación del Minusválido y se destinará exclusivamente a la promoción y divulgación de Abylimpic Colombia 85, II Olimpiada Mundial de Habilidad Profesional para Minusválidos, atendiendo los siguientes objetivos:
Demostrar a través de una sana competencia las habilidades profesionales de los incapacitados como fuerza laboral.
Promover y estimular la superación profesional de los minusválidos.
-Estimular el desarrollo de programas de rehabilitación.
Concientizar a la comunidad de la problemática de los minusválidos. -Estimular la participación de la población minusválida en el proceso del desarrollo socio-económico y cultural de los países.
-Conocer a través de los seminarios y demostraciones de los adelantos en los aspectos de rehabilitación en el mundo entero.
Establecer intercambio de tecnología en el campo laboral y de ayudas técnicas.
Conseguir intercambio con los países más adelantados en rehabilitación.
Contribuir a la amistad a nivel internacional.
La presente Ley rige a partir de su promulgación.