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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 4 De 1944

Artículo 1

1 clause

Hónrase la memoria del doctor Manuel Antonio Carvajal, eminente hombre público, cuyos servicios a la República lo hacen acreedor a la gratitud nacional.

Artículo 2

1 clause

La Nación, de acuerdo con los herederos del doctor Carvajal, publicará su obra literaria.

Artículo 3

1 clause

En el salón de la Comisión Asesora del Ministerio de Relaciones Exteriores se colocará un retrato del doctor Carvajal.

Artículo 4

1 clause

Aprópiase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) para dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Ley, cantidad que se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Artículo 5

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional