Artículo 1
El Congreso de Colombia honra y exalta la memoria del educador e historiador Julio Cesar García.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 110 De 1962
El Congreso de Colombia honra y exalta la memoria del educador e historiador Julio Cesar García.
Destinase la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000.oo) para la terminación del edificio del Liceo Efe Gómez en Fregona, Antioquia.
En lugar visible del Instituto se colocara una placa de mármol que diga: "El Congreso de Colombia, al historiador y educador Julio Cesar García".
La partida de que habla el Artículo 2°. Se incluirá de preferencia en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1963, pero en caso de que así no se hiciere queda autorizado el Ejecutivo para hacer los traslados o abrir los créditos necesarios al cabal cumplimiento de esta Ley.
Esta Ley regirá desde su sanción.