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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 35 De 1971

Artículo 1

1 clause

Cédese al Municipio de Cisneros, Antioquia, el lote de terreno situado en la zona urbana y demarcado con los siguientes linderos: por un costado y en una extensión de 22 metros con 45 centímetros, con propiedad de los Ferrocarriles Nacionales; por el otro costado y en una extensión de 22 metros con propiedad de los mismos; por el centro (fondo) y en una extensión de 63 metros con 45 centímetros, con el local provisional donde funciona la escuela urbana de varones y con propiedad del señor Pedro Luis Salazar, y por el frente, linda, con la línea férrea que de Medellín conduce al Municipio de Puerto Berrio, Antioquia.

Artículo 2

1 clause

Dicho lote será destinado por el Municipio de Cisneros, Antioquia, para la construcción adecuada del local para el funcionamiento de la escuela urbana de varones.

Artículo 3

1 clause

Esta Ley rige desde su promulgación.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas