Artículo 1
La República honra la memoria del esclarecido ciudadano, eminente y recto Magistrado, doctor Juan Esteban Zamarra, y señala su vida como un ejemplo de austeridad, de consagración al estudio y de recias virtudes cívicas.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 79 De 1936
La República honra la memoria del esclarecido ciudadano, eminente y recto Magistrado, doctor Juan Esteban Zamarra, y señala su vida como un ejemplo de austeridad, de consagración al estudio y de recias virtudes cívicas.
Para perpetuar su memoria se erigirá un busto del doctor Zamarra en la plazuela de La Glorieta de la ciudad de Antioquia y se colocará en el salón del Cabildo de la misma un retrato al óleo.
Destínase la cantidad de tres mil pesos para dar cumplimiento a esta Ley, suma que será entregada a la Municipalidad de la ciudad de Antioquia, y autorízase al Gobierno para abrir el correspondiente crédito con el fin indicado.
Esta ley regirá desde su promulgación.