Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 3 De 1896

Artículo 1

1 clause

Juan Pablo Restrepo, reconoce la importancia y trascendencia de los servicios que le prestó á la patria y ofrece su ejemplo á los colombianos como el de un modelo digno de imitarse.

Artículo 2

1 clause

Dr. Retrepo de una manera tan desinteresada y gratuita, dése á sus hijos la suma de diez mil pesos, que se tomará de los fondos públicos, y que se considerará incluida, sin necesidad de ulterior formalidad, en el Presupuesto de Gastos.

Signatures

El Presidente del Senado
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno