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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 109 De 1963

Artículo 1

1 clause

Créase una Escuela Industrial para Varones en el Municipio de Tamalameque, Departamento del Magdalena.

Artículo 2

1 clause

Todos los gastos relativos a la construcción, instalación, dotación y funcionamiento de dicho establecimiento serán de cargo de la Nación.

Artículo 3

1 clause

Destínase la suma de cien mil pesos ($100.000.00) para la construcción de cuatro (4) aulas para la Escuela Primaria del Corregimiento de Bohórquez, jurisdicción del Municipio de Campo de la Cruz, Departamento del Atlántico.

Artículo 4

1 clause

Destínase la suma de treinta mil pesos ($30.000.00) para el sostenimiento del Colegio de Nuestra Señora de la Misericordia, en el Municipio de Soledad (Atlántico).

Artículo 5

1 clause

Créase una Escuela Hogar para Campesinos en el municipio de Valdivia, en el Departamento de Antioquia.

Artículo 6

1 clause

Se faculta al Gobierno para que previo un estudio de la obra adelantada y de sus necesidades y conveniencias para la región, haga los traslados y apropiaciones que requiera la terminación del Colegio de María Inmaculada, de Arbeláez, Cundinamarca.

Artículo 7

1 clause

Para dar cumplimiento a la presente Ley, el Gobierno Nacional incluirá anualmente las partidas necesarias en el proyecto de Presupuesto que presente al estudio del Congreso; y queda ampliamente facultado para hacer dentro de cada vigencia fiscal, los contracréditos, traslaciones, créditos adicionales y demás operaciones a que hubiere lugar.

Artículo 8

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional