Artículo 1
Apruébase el "Memorando de entendimiento relativo al acuerdo de libre comercio entre la República de Colombia y los Estados de la AELC" suscrito en Ginebra, Confederación Suiza, a los 25 días del mes de noviembre de 2008.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 1513 De 2012
Apruébase el "Memorando de entendimiento relativo al acuerdo de libre comercio entre la República de Colombia y los Estados de la AELC" suscrito en Ginebra, Confederación Suiza, a los 25 días del mes de noviembre de 2008.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ley 7a de 1944, el "Memorando de entendimiento relativo al acuerdo de libre comercio entre la República de Colombia y los Estados de la AELC" suscrito en Ginebra, Confederación Suiza, a los 25 días del mes de noviembre de 2008, que por el Artículo 1° de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de los mismos.
La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.