Artículo 1
1 clause
La República deplora la muerte el doctor don José Antonio Llorente, honra su memoria y presenta su vida como digna de imitarse.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 109 De 1931
La República deplora la muerte el doctor don José Antonio Llorente, honra su memoria y presenta su vida como digna de imitarse.
La Nación costeará un retrato al óleo del ilustre desaparecido, con destino al salón principal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Copias de la presente Ley, en edición de lujo, se entregarán a la Gobernación de Nariño, al Municipio de Cumbal, su tierra nativa, y a la familia de extinto.