Artículo 1
Como un aporte especial a los planes de electrificación en la Intendencia de San Andrés y Providencia, destínase la suma de dos millones de pesos.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 59 De 1968
Como un aporte especial a los planes de electrificación en la Intendencia de San Andrés y Providencia, destínase la suma de dos millones de pesos.
En el Presupuesto Nacional de la vigencia siguiente a la expedición de esta Ley se incluirán las partidas necesarias para darle cumplimiento. El Gobierno queda autorizado, en caso contrario para efectuar créditos, contracréditos y traslados dentro del mismo con tal fin.
El auxilio decretado en esta Ley será pagado a las Empresas Públicas Intendenciales de San Andrés mediante el lleno de las formalidades previstas en el artículo 4º de la Ley 11 de 1967 , las cuales, en concordancia con el 10 ibídem, serán satisfechas en el momento de presentar el cobro.
Esta Ley regirá desde su sanción.