Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 59 De 1959

Artículo 1

Derogado.

View the original text (before its repeal)

La Nación contribuye con la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.00) para la construcción del terraplén o dique paralelo al rio, que partiendo del terminal de la carretera Ciénaga-Barranquilla concluya en Pedraza, pasando por las poblaciones de Sitionuevo, Remolino, Guaimaro, Salamina, El Piñón y Cerro de San Antonio, en la Provincia del Rio, Departamento del Magdalena.

Artículo 2

1 clause

Derogado.

View the original text (before its repeal)

La obra a que se refiere el artículo anterior está comprendida en el Plan Vial del Magdalena, elaborado por la administración Millán Vargas y aprobado por Decreto-Ley número 0044 de 21 de febrero de 1958, de la Junta Militar de Gobierno.

Artículo 3

1 clause

Derogado.

Artículo 4

1 clause

Derogado.

Artículo 5

1 clause

Derogado.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente De La Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público