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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 89 De 1960

Artículo 1

1 clause

Auxiliase al Municipio de Silvia, en el Departamento del Cauca, con la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000.00) para la pavimentación de las calles de dicha población.

Artículo 2

1 clause

Facultase el Gobierno Nacional para celebrar con el Municipio de Silvia los contratos que sean necesarios para asegurar la realización de la obra a que se destina este auxilio.

Artículo 3

1 clause

Facultase al Gobierno Nacional para hacer los traslados, levantar los créditos y contratar los empréstitos necesarios para el cumplimiento de esta Ley.

Artículo 4

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario General de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público