Artículo 1
1 clause
Artículo único. Concédese a la señora Juliana Rodríguez una recompensa de doscientos pesos por sus servicios prestados a la República en la última guerra civil.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 58 De 1879
Artículo único. Concédese a la señora Juliana Rodríguez una recompensa de doscientos pesos por sus servicios prestados a la República en la última guerra civil.