Artículo 1
1 clause
Alvarez Lozano, i a causa de los servicios que éste prestó a la Patria, una pensión mensual alimenticia de veinticinco pesos que se pagará como la de los militares de la Independencia.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 28 De 1875
Alvarez Lozano, i a causa de los servicios que éste prestó a la Patria, una pensión mensual alimenticia de veinticinco pesos que se pagará como la de los militares de la Independencia.
Por muerte o matrimonio de la señora Alvarez, gozará de la pensión íntegra la señora Uribe; i por muerte de ésta, la gozará aquella mientras permanezca soltera.