Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 34 De 1963

Artículo 1

1 clause

Nacionalízase e incorpórase al Plan Vial Nacional, la carretera Chusacá - El Colegio - Portillo - Tocaima - Girardot- construída por el Departamento de Cundinamarca.

Artículo 2

2 clauses

El Departamento de Cundinamarca no tendrá derecho a que se le reembolse cantidad alguna por concepto de los gastos que ha hecho para la rectificación de tal vía, ni por los que

orresponden a contratos celebrados para su pavimentación.

Artículo 3

1 clause

Esta Ley regir desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas