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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 21 De 1952

Artículo 1

1 clause

Restablécese el Circuito Judicial de Sincé (Departamento de Bolívar), el cual será Promiscuo y estará integrado por los Municipios de San Benito Abad, San Pedro y Sincé, que será su cabecera.

Artículo 2

1 clause

El personal y asignaciones del Juzgado Promiscuo de Sincé, serán los mismos de los de su clase.

Artículo 3

1 clause

Restablécese el Juzgado de Circuito Judicial de Villahermosa, en el Departamento del Tolima.

Artículo 4

1 clause

Este Juzgado será Promiscuo y estará compuesto por el Municipio de Villahermosa como cabecera, y por el Municipio de Casablanca.

Artículo 5

1 clause

Adscríbase al Circuito Judicial de Pacho el Municipio de Topaipí.

Artículo 6

1 clause1 paragraph

Restablécese el Circuito Judicial de Piedecuesta, en el Departamento de Santander, el cual estará integrado por los Municipios que lo componían antes de que fuera suprimido por Decreto legislativo del Gobierno Nacional.

Parágrafo

El Juzgado tendrá los mismos funcionarios y asignaciones que los de su categoría.

Artículo 7

1 clause

Autorízase al Gobierno para hacer los traslados en el Presupuesto con el fin de darle cumplimiento a esta Ley.

Artículo 8

1 clause

El Ministerio de Justicia proveerá a dichos Juzgados del mobiliario necesario para la buena marcha de las oficinas, y dictará las medidas convenientes para su .inmediato funcionamiento.

Artículo 9

1 clause

Esta Ley regirá desde la fecha de su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público