Artículo 1
Apruébase el “Convenio Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y la Federación de Rusia”, hecho en Cartagena, a los diez y ocho (18) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995).
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 459 De 1998
Apruébase el “Convenio Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y la Federación de Rusia”, hecho en Cartagena, a los diez y ocho (18) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el “Convenio Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y la Federación de Rusia”, hecho en Cartagena, a los diez y ocho (18) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995), que por el artículo 1° de esta ley aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.