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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 88 De 1959

Artículo 1

2 clauses

Hásense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal de 1959:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 30117. PÁG. 1.

Artículo 2

1 clause

el auxilio correspondiente al artículo 4590 del capítulo 395 de la ley 35 de 1958 , será entregado directamente a la dirección de Educacion de Bolívar, para la construir de una escuela en el municipio de Polomino.

Artículo 3

1 clause

Los auxilios nacionales incluidos en el Presupuesto esta Ley regirá desde la fecha de sus sanciones Nacional para la vigencia fiscal de 1959, en el capítulo 395, artículo 4982 y 4983, en cuantía de $ 3.000.00 cada uno. .serán pagados a los colegios "Nuestra Señora del Carmen" y Francisco José de Caldas" del municipio de Magdalena, con destino al sostenimiento de los mismos.

Artículo 4

1 clause

Esta ley regirá desde la fecha de su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara, Luis Alfonso Delgado
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas