Artículo 1
1 clause
La planta eléctrica que el Ferrocarril del Pacifico tiene en "La Cumbre" será trasladada a la estación que juzgue conveniente la Junta Directiva del Ferrocarril.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 34 De 1931
La planta eléctrica que el Ferrocarril del Pacifico tiene en "La Cumbre" será trasladada a la estación que juzgue conveniente la Junta Directiva del Ferrocarril.
Facúltase al Gobierno para que las sumas que adeuda la Nación al Departamento o la Empresa del Ferrocarril de Cundinamarca por cualquier concepto, pueda pagarlas en materiales y elementos férreos de empresas nacionales.