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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 47 De 1939

Artículo 1

1 clause

La Comisión Asesora de Relaciones Exteriores se compondrá de cuatro miembros, que serán elegidos así: tres por el Senado, con aplicación del sistema cuociente electoral, y uno por la Cámara de Representantes.

Artículo 2

1 clause

El periodo de los miembros de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores será de dos años, que comenzarán a contarse el 1º de enero de 1940.

Artículo 3

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores