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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 132 De 1959

Artículo 1

14 clauses

ARTICULO 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS CONTRACREDITOS

(Certificado de Disponibilidad número 75 expedido por el Contralor General de la República el 23 de septiembre de 1959)

División Nacional de Minas

División Nacional de Petróleos

División del Servicio Geológico Nacional

División de Servicio Quimico Nacional

CREDITOS

Servicio Legal de Minas

Servicio Legal de Petróleos.

CAPTULO 366

División de Servicio Geológico Nacional

División de Servicio Químico Nacional.

Gastos varios

Artículo 2

Esta Ley regirá desde la fecha de su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Petróleos