Artículo 1
1 clause
El Gobierno de Colombia designará un Delegado para que represente a Colombia en el 2° Congreso Postal Panamericano que se reunirá en Méjico en el mes de octubre próximo.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 8 De 1926
El Gobierno de Colombia designará un Delegado para que represente a Colombia en el 2° Congreso Postal Panamericano que se reunirá en Méjico en el mes de octubre próximo.
Fíjase en cuatro mil pesos ($4.000) la suma a que tiene derecho el Delegado de que habla el artículo anterior para viáticos y gastos de representación.
Esta Ley regirá desde su sanción.