Artículo 1
La Nación honra la memoria del Excelentísimo señor Arzobispo de Popayán, doctor Maximiliano Crespo, y reconoce los eminentes servicios que presto a la cultura nacional y a la Iglesia Católica en Colombia.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 65 De 1940
La Nación honra la memoria del Excelentísimo señor Arzobispo de Popayán, doctor Maximiliano Crespo, y reconoce los eminentes servicios que presto a la cultura nacional y a la Iglesia Católica en Colombia.
Sendos retratos del Prelado, costeados con fondos nacionales, serán colocados en los Palacios Episcopales de Popayán, Cali y Santa Rosa de Osos; en el Asilo de Ancianos de Popayán, y en los salones de los Consejos de Buga y Palmira.
Destinase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.oo) para dar cumplimiento a la presente Ley, suma que se apropiara en el presupuesto de la próxima vigencia.
El Gobierno queda autorizado para destinar la suma que, según esta ley, ha de i invertirse en la ciudad de Santa Rosa de Osos, en la erección del monumento que guarde el corazón del ilustre Prelado.
Esta ley regirá desde su sanción.