Artículo 1
Nacionalízanse las siguientes carreteras del Departamento del Magdalena:
La que partiendo de Santa Marta, conduce al Corregimiento de Taganga, en extensión de tres (3) kilómetros.
La que partiendo del Corregimiento del Campano conduce al Corregimiento de la Tagua, en extensión de diez (10) kilómetros.