Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 58 De 1924

Artículo 1

3 clauses

Abrese a la Ley de apropiaciones de la VIGENCIA FISCAL DE 1.° DE ENERO A 31de diciembre de 1924, el siguiente crédito adicional:

MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS

Auxilios, subvenciones y gastos de fomento.

Artículo 704

1 clause

Abrese a la Ley de apropiaciones de la VIGENCIA FISCAL DE 1.° DE ENERO A 31de diciembre de 1924, el siguiente crédito adicional: MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 68 Auxilios, subvenciones y gastos de fomento. Artículo 704. Para pagar al señor José Nieto el valor de las cuotas que le corresponden al tenor del contrato de fecha 22 de diciembre de 1922, aprobado por la Ley 43 de 1923, sobre navegación de los ríos Humea, Meta y Casanare, veinte mil pesos $ 20.000.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El secretario de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho