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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 249 De 1938

Artículo 1

1 clause

La Nación contribuirá con una suma igual a la que invierta el Departamento de Caldas en la construcción y sostenimiento del Instituto Politécnico de dicho Departamento.

Artículo 2

1 clause

Facúltase al Gobierno Nacional para contratar con la Gobernación de Caldas la construcción delegada del mencionado Instituto.

Artículo 3

1 clause

En los presupuestos de las próximas vigencias se apropiarán las partidas necesarias para dar cumplímiento a esta ley; pero si así no se hiciere, queda autorizado el Gobierno para abrir los créditos adicionales o para hacer los traslados necesarios con ese fin.

Artículo 4

1 clause

Esta ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional