Artículo 1
1 clause
Concédese á la viuda y á las dos hijas solteras del distinguido colombiano Dr. Ricardo Becerra una pensión de $ 100. En caso de muerte de cualquiera ó cualesquiera de ellas, las sobrevivientes gozarán de la pensión integra.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 21 De 1905
Concédese á la viuda y á las dos hijas solteras del distinguido colombiano Dr. Ricardo Becerra una pensión de $ 100. En caso de muerte de cualquiera ó cualesquiera de ellas, las sobrevivientes gozarán de la pensión integra.