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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 20 De 1888

Artículo 1

1 clause

Art. 1.° Auméntase á trescientos sesenta pesos ($ 360) anuales la cantidad de que puede disponerse para gastos de local y útiles de escritorio de la Administración principal de Correos de Cali.

Artículo 2

1 clause

Art. 2.° Auméntase el sueldo del Telegrafista de Puerto Nacional (Gamarra) á mil ochocientos pesos ($ 1,800) anuales y el de los Telegrafistas de Corozal, Sincé, Ovejas, Carmen, Magangué, Sincelejo, San Juan Nepomuceno, Tamalameque, La Gloria y la Ciénaga con ciento veinte pesos ($ 120) anuales para cada uno de ellos.

Artículo 3

1 clause

Art. 3.° Créase en la Administración principal de Correos, Sección 3ª, un Oficial encargado principalmente del recibo y envío de expedientes administrativos y judiciales. Dicho empleado gozará de una asignación anual de setecientos veinte pesos ($ 720).

Artículo 4

4 clauses

Art. 4.° Autorízase al Gobierno:

1.° Para comprar modelos y útiles para las diversas Secciones de la Escuela de Bellas Artes, por valor total hasta de cuatro mil doscientos pesos ($ 4,200);

2.° Para hacer los gastos de mobiliario y material de las Escuelas universitarias, hasta por la suma de cinco mil pesos ($ 5,000); y

3.° Para hacer prolongar la línea telegráfica que llega á Calamar, Departamento de Bolívar, hasta Santa Marta, pasando por Cerro de San Antonio y Remolino.

Artículo 5

1 clause

Art. 5.° El Gobierno dispondrá el establecimiento de una clase de Telegrafía en el Colegio Pinillos de Mompox, á la mayor brevedad posible.

Artículo 6

1 clause

Art. 6.° Destínase para atender á los gastos que demanda el cumplimiento de la Ley sobre elecciones populares, incluyendo los de viáticos para miembros de los Consejos y Jurados electorales, á razón de cuatro pesos ($ 4) por miriámetro, la cantidad hasta de diez mil pesos ($ 10,000).

Artículo 7

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Febrero

1 clause

Art. 7.° El Gobierno incluirá en la liquidación del Presupuesto las partidas necesarias para hacer los gastos á que la presente Ley se refiere.

Signatures

El Presidente
El Vicepresidente
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro