Artículo 1
1 clause
Art 1.° A los señores Jerardo Ortega i Domingo J. González no se les exijirá la Devolucion de los viáticos de venida que recibieron, i el Poder-Ejecutivo ordenara el pago de los de regreso a Panamá.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 76 De 1880
Art 1.° A los señores Jerardo Ortega i Domingo J. González no se les exijirá la Devolucion de los viáticos de venida que recibieron, i el Poder-Ejecutivo ordenara el pago de los de regreso a Panamá.
Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá, 27 De Julio De 1880
Art 2.° El Poder Ejecutivo ordenará que el pago de los viáticos que se adeudan al Jeneral Fernando Sánchez, como Diputado a 1a Convencion de Rionegro, se haga a su viuda la señora Florencia Róbertson de Sanchez. i para ello se considerará incluido, en el Presupuesto la partida correspondiente.