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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 105 De 1968

Artículo 1

1 clause1 paragraph

Para el necesario desempeño de sus funciones la Comisión Interparlamentaria de Vigilancia de las Obras Públicas Nacionales, de que trata la Ley 141 de 1948 , funcionará con el mismo personal de empleados de la Comisión Sexta Constitucional Permanente de las Cámaras Legislativas, y sus asignaciones serán las mismas que rigen para esta Comisión.

Parágrafo

La Comisión de la Mesa Directiva, a que se refiere el presente artículo, reglamentará las funciones correspondientes a cada empleado.

Artículo 2

1 clause

Todo el personal de empleados de la Comisión Interparlamentaria Permanente de Vigilancia de las Obras Públicas Nacionales, será elegido por ésta, y su período será igual al que rige para las demás Comisiones.

Artículo 3

1 clause

Las asignaciones del personal a que se refiere la presente Ley, serán pagadas por partes iguales, por ambas Cámaras, y con imputación a sus respectivos presupuestos.

Artículo 4

1 clause

Los empleados subalternos devengarán sus asignaciones desde la fecha que indique su respectiva acta de posesión.

Artículo 5

1 clause

Destínase la suma de doscientos mil pesos ($200.000.00), para la dotación de mobiliario y demás enseres de Secretaría de la Comisión a que esta Ley se refiere, dotación que estará a cargo de la Proveeduría del Senado de la República, a cuyo presupuesto y para tales fines se acreditará la suma así destinada.

Artículo 6

1 clause

El Gobierno procederá a hacer las traslaciones o abrir los créditos presupuestales suficientes para el cumplimiento de la presente Ley.

Artículo 7

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas