Artículo 1
Art. 1.° La Nacion honra la memoria del Gran Jeneral Tomas C. de Mosquera.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 20 De 1879
Art. 1.° La Nacion honra la memoria del Gran Jeneral Tomas C. de Mosquera.
"a La Memoria Del Gran Jeneral
Art. 2.° El Poder Ejecutivo mandará levantar una estatua en el centro del cuerpo principal del Capitolio, para perpetuar la memoria de ese eminente ciudadano; i en el pedestal se inscribirá:
La Nación honra la memoria
"A la memoria del Gran Jeneral
TOMAS C. DE MOSQUERA,
El Congreso de 1879."
Art. 3.° Su viuda la señora Marín Ignacia Arboleda, i su hijo menor, gozaran por iguales partes, de la pensión de doscientos pesos mensuales ($ 200), la primera mientras permanezca soltera, i el segundo hasta que cumpla la edad de veintiún años.
Esta pension tendrá la preferencia que corresponde a las viudas e hijos de los militares de la Independencia.
Art. 4.° Un ejemplar autógrafo de esta lei será presentado a la viuda del ilustre Jeneral.
Art. 5.° En el Presupuesto se incluirán las partidas que demanda el cumplimiento de esta leí.