Artículo 1
1 clause
Dentro del menor término posible el Gobierno Nacional procederá a construir un estadio en la ciudad de Popayán, el cual será una dependencia de la Universidad del Cauca en cuanto a su administración.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 242 De 1938
Dentro del menor término posible el Gobierno Nacional procederá a construir un estadio en la ciudad de Popayán, el cual será una dependencia de la Universidad del Cauca en cuanto a su administración.
La construcción del estadio se ceñirá a la especificaciones y a la dirección que fijen los Ministerios de Obras Públicas y Educación Nacional.
Destínase la cantidad de cien mil pesos ($ 100,000.00) para el cumplimiento de esta Ley, pudiendo el Gobierno levantar el crédito o créditos necesarios, o verificar una operación bancaria para la realización de la obra de que habla esta Ley.
Esta Ley regirá desde su promulgación.