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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 105 De 1944

Artículo 1

1 clause

Reconocese a favor de las señoras Rosa Trinidad y Mariana moncayo, la suma de treinta y cuatro pesos ($ 34.00) mensuales, como descendientes legitimas del combatiente de cuaspud, señor ángel moncayo.

Artículo 2

1 clause

La suma que se ordene reconocer en el anterior artículo, figura en los presupuestos mensuales del ministerio de guerra, quedando el gobierno facultado para verificar las operaciones necesarias al cumplimiento de la presente ley.

Artículo 3

1 clause

Auxiliase con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) al amparo de niños de Cundinamarca, para alojar, sostener y educar a los niños invalidos pobres de solemnidad.

Artículo 4

1 clause

Esta ley rige desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El ministro de hacienda y crédito publico
El ministro de guerra
El ministro de trabajo, higiene y previsión social