Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 105 De 1941

Artículo 1

1 clause

Cédese al Municipio de Pasto, para la fundación de un Asilo de Locas, el edificio de propiedad nacional que ocupó la Penitenciaria en esa ciudad.

Artículo 2

2 clauses

El dominio y posesión del edificio pasarán a la fundación que se organiza en Pasto, con fines de asistencia social para locas, tan luégo como esa institución disponga de personería jurídica. El Municipio le hará la transferencia mediante la respectiva escritura de cesión.

El establecimiento quedará en todo caso sometido a la inspección y vigilancia del Gobierno.

Artículo 3

1 clause

Esta ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social