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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 236 De 1995

Artículo 1

1 clause

La Nación se asocia a la conmemoración de los 50 años de labores del Colegio "Instituto Nacional Manuel Murillo Toro" de Chaparral, departamento del Tolima, que se cumplirán el 9 de octubre de 1995 y exalta la patriótica labor educativa de la institución.

Artículo 2

1 clause7 numerals

Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación apropiaciones que permitan la ejecución de las siguientes obras de infraestructura y dotación de elementos y material didáctico en el Colegio "Instituto Nacional Manuel Murillo Toro", de Chaparral, Tolima:

1

Rehabilitación, adecuación y mantenimiento de instalaciones físicas.

2

Construcción de diez (10) aulas escolares para ampliar su cobertura educativa.

3

Construcción y adecuación de unidades sanitarias.

4

Adecuación y pavimentación de su patio principal.

5

Adecuación áreas y canchas deportivas.

6

Construcción Coliseo Deportivo y adecuación de sala múltiple para actos y eventos artísticos y culturales.

7

Adquisición de pupitres, computadores, muebles y enseres y dotación de libros y material de consulta para biblioteca y de elementos para laboratorio.

Artículo 3

1 clause

Para el logro de lo dispuesto en el artículo anterior, el Gobierno Nacional apropiará en el Presupuesto General de la Nación hasta la suma de seiscientos millones de pesos ($ 600.000.000.00).

Artículo 4

1 clause

El Gobierno Nacional impulsará y apoyará ante la Gobernación del Departamento del Tolima, la Alcaldía del Municipio de Chaparral, los Fondos de Cofinanciación y otras instituciones públicas la obtención y situación de aquellos recursos económicos adicionales y complementarios a los apropiados en el Presupuesto General de la Nación, que se requierán para la ejecución total de las obras de infraestructura y dotación de elementos y material didáctico, incluidas en la presente Ley.

Artículo 5

7 clauses

Esta Ley rige a partir de su sanción.

El Presidente (E.) del honorable Senado de la República,

José Antonio Gómez Hermida.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Rodrigo Rivera Salazar.

Signatures

El Presidente (E.) del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público