Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 57 De 1968

Artículo 1

1 clause

Destínase la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) moneda corriente como auxilio de la Nación para la adquisición, dotación y ampliación del edificio donde funciona el Colegio Pío XII de San Jacinto, Departamento de Bolívar, regentado por las Reverendas Madres de la Anunciación.

Artículo 2

1 clause

En el mencionado edificio y bajo la dirección de las mismas Madres de la Anunciación funcionará una Escuela de Artesanía Popular para cuyo fin se destina la suma de cien mil pesos ($100.000.00) moneda corriente, que se incluirá en el presupuesto nacional durante cinco años a partir de la próxima vigencia.

Artículo 3

1 clause1 paragraph

Auxíliase con la suma de doscientos mil pesos ($200.000.00) moneda corriente, para la terminación del Templo Parroquial de San Jacinto, destruido totalmente por un sismo en el año de 1963.

Parágrafo

Esta suma le será entregada a la Junta encargada de la reconstrucción de dicho Templo que preside el Cura Párroco.

Artículo 4

1 clause

Para la terminación del Centro Materno Infantil de San Jacinto, la Nación contribuirá con la suma de cien mil pesos ($100.000.00) moneda corriente.

Artículo 5

1 clause

El Gobierno Nacional incluirá en las próximas vigencias fiscales las partidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 6

1 clause

Las formalidades exigidas por la Ley 11 de 1967 y de acuerdo con el artículo 10 de la misma, serán llenadas por las entidades que se benefician con la presente Ley en el momento de hacer el pago de las sumas a que ella se refiere.

Artículo 7

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas