Artículo 1
La Nación se asocia a la celebración del segundo centenario de la fundación de la ciudad de Barichara, que se cumple en el año de 1942.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 48 De 1940
La Nación se asocia a la celebración del segundo centenario de la fundación de la ciudad de Barichara, que se cumple en el año de 1942.
Como homenaje a la ciudad de Barichara y a su ilustre hijo Aquileo Parra, Ex-Presidente de la Republica, el Gobierno Nacional organizara allí el "Colegio de Aquileo Parra", en el cual se harán estudios de bachillerato y cursos de pedagogía teórica y practica para la formación de maestros de escuela primaria.
Como dependencia del "Colegio de Aquileo Parra" se creara, cuando el Gobierno lo juzgue oportuno, una Escuela de Artes y Oficios cuyos estudios se desarrollaran de acuerdo con las necesidades industriales y los elementos del Departamento de Santander.
Autorizase al Gobierno para abrir los créditos necesarios para el cumplimiento del artículo anterior.
Restablecese el Circuito Civil y Penal de Barichara, en el Distrito Judicial de San Gil, compuesto por los Municipios de Barichara, que será la cabecera, Cabrera y Galán.
En la cabecera de este Circuito habrá un Juez que conocerá promiscuamente de los negocios civiles y penales, con los subalternos existentes en las oficinas similares.
Autorizase al Gobierno para hacer los traslados en el presupuesto o para abrir los créditos necesarios a fin de dar cumplimiento al artículo anterior.
Esta ley regirá desde su sanción.