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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 105 De 1928

Artículo 1

1 clause

Desde la sanción de la presente Ley la construcción y conservación de la vía nacional que une a Neiva con Guacamayas y San Vicente, en el Caquetá, pasando por Campoalegre y San Juanito, quedan incluídas entre las obras de colonización y defensa del Caquetá y Putumayo de que tratan las Leyes 100 de 1923, 33 de 1926 y 10 de 1927.

Artículo 2

1 clause

A partir de la próxima vigencia se hará figurar en las Leyes de Apropiaciones la cantidad mínima de cien mil pesos ($ 100,000) para atender a citada vía si así no sucediere, el Gobierno abrirá los créditos administrativos indispensables, y en defecto de esto, podrá disponer hasta de la suma de treinta mil pesos ($ 30,000) de los fondos destinados en las Leyes enumeradas en el artículo anterior y apropiados en los Presupuestos.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas