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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 104 De 1944

Artículo 1

1 clause

Fúndase en la ciudad de Buga una Escuela de Artes y Oficios, destinada a la enseñanza gratuita de las distintas profesiones o actividades de trabajo.

Artículo 2

1 clause

La nación procederá a adquirir en propiedad o a construir el edificio necesario para el funcionamiento de dicha escuela.

Artículo 3

1 clause

Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.00) para dar cumplimiento a la presente ley, no solo para la adquisición o construcción del edificio, sino para dotación y demás elementos de enseñanza.

Artículo 4

1 clause

Esta ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional