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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 211 De 1959

Artículo 1

1 clause

La Nación contribuye, por una sola vez, con la suma de cincuenta y un mil trescientos pesos ($ 51.300.00) moneda legal, a la reconstrucción del templo parroquial de Soledad, en el Departamento del Atlántico, el cual se derrumbó recientemente.

Artículo 2

1 clause

Oportunamente se incluirá en el Presupuesto Nacional la partida a que se refiere el artículo anterior, y el pago se hará al Párroco del municipio de Soledad.

Artículo 3

1 clause

Esta ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes, Luis Alfonso Delgado
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público