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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 27 De 1933

Artículo 1

1 clause

Deplorase la muerte del Ilustrísimo señor doctor Hipólito Leopoldo Agudelo, Obispo de Pasto; recomiéndase su memoria a la gratitud de los colombianos, y sus virtudes como ejemplo digno de imitarse.

Artículo 2

1 clause

Declárase infausto para la República, y en especial para los Departamentos de Nariño y Boyacá, el 25 de mayo del presente año de 1933, en que falleció el ilustre Obispo, quien presto valiosos servicios al país, ora en lo civil, en lo político y en la instrucción pública, ora en elevados cargos en la Diócesis de Tunja y finalmente, como Prelado de la Iglesia Pastopolitana.

Artículo 3

4 clauses

Una placa de mármol, costeada con fondos del Tesoro Nacional, y con esta inscripción:

"Boyacá-Nariño a Hipólito Leopoldo Agudelo, Obispo.

El Congreso de Colombia. 1933."

será entregada al Prelado de la Diócesis de Pasto con destino al sepulcro del Ilustrísimo señor Agudelo.

Artículo 4

1 clause

La partida necesaria para dar cumplimiento a esta Ley será incluida en el Presupuesto de la próxima vigencia, capitulo Auxilios y Monumentos, del Departamento respectivo.

Artículo 5

1 clause

Sendas copias auténticas de esta Ley, se enviaran al Excelentísimo y Reverendísimo señor Arzobispo Primado, al Capitulo Catedral de Pasto y a los deudos del Ilustrísimo Obispo doctor Agudelo.

Artículo 6

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno