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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 1 De 1951

Artículo 1

1 clause

Artículo primero. Apruébase la Carta de la Organización de los Estados Americanos, suscrita por los Delegados Plenipotenciarios de la República de Colombia el 30 de abril de 1948 en la IX Conferencia Internacional Americana.

Artículo 2

1 clause2 numerals1 paragraph

El Congreso de Colombia, al aprobar la "Carta de la Organización de los Estados Americanos", declara:

1

El respeto y la fiel observancia de los tratados constituyen norma indispensable para el desarrollo de las relaciones pacificas entre los Estados;

2

Los Tratados Públicos que se hallen vigentes entre la República de Colombia y otros Estados, americanos o no, tan sólo podrán ser revisados mediante acuerdo de las partes.

Parágrafo

La presente declaración deberá figurar en el instrumento de Ratificación respectivo de la "Carta de la Organización de los Estados Americanos", por la República de Colombia y se entenderá como la interpretación colombiana del artículo 14 de este Tratado.

Artículo 14

1 clause2 numerals1 paragraph

Artículo segundo. El Congreso de Colombia, al aprobar la "Carta de la Organización de los Estados Americanos", declara:

1

El respeto y la fiel observancia de los tratados constituyen norma indispensable para el desarrollo de las relaciones pacificas entre los Estados;

2

Los Tratados Públicos que se hallen vigentes entre la República de Colombia y otros Estados, americanos o no, tan sólo podrán ser revisados mediante acuerdo de las partes.

Parágrafo

La presente declaración deberá figurar en el instrumento de Ratificación respectivo de la "Carta de la Organización de los Estados Americanos", por la República de Colombia y se entenderá como la interpretación colombiana del artículo 14 de este Tratado.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Ministro de Educación Nacional