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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 74 De 1896

Artículo 1

Gobierno Ejecutivo.-Bogotá,

2 clauses

Artículo único. La cantidad de cuatro mil ochocientos pesos, reconocida por la Corte Suprema en sentencia de 24 de Octubre de 1892, á favor de las señoritas Soledad, Mercedes y María Francisca Ortega, como á nietas legítimas del prócer de nuestra Independencia, General José María Ortega, será pagada á las agraciadas, por el Ministerio del Tesoro en moneda corriente.

Adiciónase el Presupuesto en curso con la suma necesaria para dar cumplimiento á la presente Ley.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho del Tesoro