Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 56 De 1946

Artículo 1

1 clause

La República de Colombia honra la memoria del doctor Vicente Azuero, esclarecido servidor del país y uno de los modeladores de su conciencia democrática, con motivo del centenario de su fallecimiento.

Artículo 2

4 clauses

En la plaza principal de Oiba, cuna del doctor Azuero, se levantará un monumento como homenaje de la Nación a la memoria del ilustre prócer, y en el pedestal se grabará esta inscripción:

La República de Colombia

a Vicente Azuero.

ley 56 de 1946 .

Artículo 3

2 clauses

El Gobierno Nacional, con el concurso del Gobierno de Santander y de la Academia Colombiana de Historia, organizará los actos públicos que deben celebrarse en honor de tan meritorio colombiano.

El Congreso se hará representar en dichos actos por sendas comisiones de la Cámara y del Senado, designadas con tal fin.

Artículo 4

1 clause

Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.00) para atender a los gastos que demande esta Ley, quedando el Gobierno debidamente facultado para verificar las operaciones presupuestales que fueran indispensables para su oportuna efectividad.

Artículo 5

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Eduación Nacional