Artículo 1
Art. 1.° Auxíliase con la suma de seis mil pesos ($ 6,000) á cada uno de los Sres. José Eugenio Montoya y Ricardo Moros para que puedan trasladarse á Europa á perfeccionarse en el arte de la pintura
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 40 De 1890
Art. 1.° Auxíliase con la suma de seis mil pesos ($ 6,000) á cada uno de los Sres. José Eugenio Montoya y Ricardo Moros para que puedan trasladarse á Europa á perfeccionarse en el arte de la pintura
Art. 2 ° Auxiliase igualmente al Sr. Manuel José Archila con la suma de mil pesos ($ 1,000) para que se perfeccione en mas estudios de pintura.
Art. 3 ° Los Sres José Eugenio Montoya y Eduardo Moras harán gratuitamente en Europa ó á su regreso los retratos al óleo, de tamaño natural, que el Congreso del presente año y el de 1892 decreten, si a menores á la memoria de ciudadanos notables.
Art. 4 ° La suma de que trata esta ley se incluirá en el Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1891 y 1892.